miércoles, 5 de diciembre de 2018
Articulo de la constitución discapacidad
En la Constitución española de 1978 sólo existe un artículo que expresamente esté dedicado a regular los derechos de las personas con discapacidad, el artículo 49, cuyo texto dice: "Los poderes públicos realizarán una política de previsión, tratamiento, rehabilitación e integración de los disminuidos físicos, sensoriales y psíquicos, a los que prestarán la atención especializada que requieran y los ampararán especialmente para el disfrute de los derechos que este Título otorga a todos los ciudadanos
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